Comunicado: Aclaración sobre las medidas de jugar sin hinchada visitante

En relación a carta enviada el día de hoy por el Presidente del Sindicato Interempresas de Futbolistas Profesionales (SIFUP), don Gamadiel García Sánchez, al Intendente de la Región Metropolitana y a Estadio Seguro, publicada posteriormente en redes sociales, podemos informar lo siguiente:

1. En cuanto a lo que señala el SIFUP respecto a que esta medida no contribuye al normal desarrollo de la competencia deportiva y que se trata de una decisión simplista que no va al fondo del asunto para erradicar la violencia del fútbol. Es necesario precisar que se trata de una decisión que se adopta, forzada por los conocidos sucesos recientemente ocurridos en algunos estadios y espacios públicos aledaños a éstos. De esta manera, se trata de una medida excepcional que se evalúa partido a partido, cuya finalidad es reducir los riesgos y entregar mayor tranquilidad a los asistentes al estadio y a los vecinos.

La evaluación que se realizó para adoptarla tiene que ver con el riesgo asociado a cada encuentro deportivo, y está sustentada en antecedentes suficientes para poder fundarla. Asimismo, cabe hacer presente que no es ésta la única acción adoptada, ya que forma parte de una planificación integral para partidos complejos, donde se ha escuchado a los múltiples actores intervinientes en la seguridad en los estadios, en una serie de reuniones de coordinación que vienen realizándose por más de un mes.

2. En cuanto a la supuesta vulneración de la Ley por no entregar el 5% del aforo al público visitante, el SIFUP incurre en un error. La obligación a que hace mención es propia de las Bases del torneo de fútbol profesional, que es una reglamentación entre privados, que nada tiene que ver con las facultades que se están utilizando para tomar la esta determinación, las cuales se sustentan en la Ley Nº 19.327 y su Reglamento. En ese sentido, la Ley señala que en el marco del procedimiento de autorización de un espectáculo de fútbol profesional, la autoridad administrativa puede requerir de cualquier institución competente información relativa a los riesgos que pudieren afectar el desarrollo del evento deportivo que se analiza. En virtud de dicha información y antecedentes, tanto la Ley N° 19.327 como su Reglamento otorgan la facultad a la autoridad administrativa para dictar todas las medidas de seguridad adicionales que fundadamente estime necesarias para el correcto desarrollo del espectáculo de fútbol profesional.

En particular, la medida de seguridad de no permitir el ingreso de hinchada visitante, puede ser adoptada cuando existieren antecedentes fundados de que la presencia de la hinchada visitante a un espectáculo de fútbol profesional determinado pudiere ocasionar un riesgo cierto a la seguridad e integridad de las personas que asistieren al recinto deportivo, sea público, jugadores, cuerpo arbitral, o personal del organizador del evento, o bien que exista riesgo cierto de que se ocasionen daños a los bienes dentro o fuera del recinto deportivo, todo lo anterior cuestiones que se dan en el contexto actual y que se fundan en lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 19.327, en relación con los artículos 36 y 43 del Reglamento de la Ley.

3. Respecto a lo señalado por el SIFUP, en cuanto al que el restringir el ingreso de los hinchas del fútbol no es el camino. Naturalmente es un propósito que todos compartimos, sin embargo las circunstancias obligan a cada autoridad administrativa de adoptar medidas especiales, destinadas a incrementar los estándares de seguridad para aquellas personas que asisten a los estadios, así como también a la comunidad en general que vive en sus inmediaciones.

Asimismo, cabe señalar que adicionalmente a la medida de no contar con público visitante, se han exigido mayores y mejores estándares de seguridad a los clubes organizadores, lo que se desarrolla en un trabajo conjunto y continuo con los clubes organizadores, la ANFP, Carabineros de Chile y las autoridades administrativas del país, con el objetivo final que los organizadores puedan contar con dispositivos de seguridad acordes a lo que se requiere en la actualidad.